Sobre este trámite
Este trámite está orientado a obtener la certificación de permiso de salida del país para vehículos automotores, y su emisión es competencia exclusiva del Registro Nacional.
Los requisitos para realizar este trámite son:
- Completar el formulario para solicitud de salidas del país para automotores.
- Presentar documento de identificación conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 de este reglamento.
- Realizar el pago correspondiente.
- Cuando el propietario registral sea una persona jurídica, aportar la certificación de personería jurídica, cuando esta no conste en las bases de datos del RN.
- Cuando la solicitud la realiza un apoderado especial, debe aportar original del testimonio de escritura pública, donde se faculte expresamente para ese acto con el sello blanco y de tinta el cual quedará en custodia de la DSE.
- En caso de existir gravamen prendario o garantía mobiliaria, presentar la autorización del acreedor, debidamente autenticada por notario público, indicando el número de matrícula, la fecha de salida y el destino al que se dirige, además debe cumplir con las disposiciones vigentes de la DNN, en relación con la autenticación de firmas. En el caso de que varios vehículos estén afectos a un mismo contrato prendario o garantía mobiliaria, podrá incluir en el documento hasta un máximo de cinco trámites por solicitud.
- Para el caso de vehículos destinados al servicio de turismo aportar la nota original de autorización del ICT, así como la póliza de extraterritorialidad emitida por el ente asegurador. Para vehículos de transporte público, debe incorporar adicionalmente la nota original de autorización del MOPT. Estos documentos deben aportarse físicamente cuando no consten con firma digital en la DSE.
- Para el caso de vehículos estatales, municipales o de universidades públicas, aportar solicitud de salidas del país suscrita por el Jerarca, alcalde, director administrativo o Regional, Oficial Mayor, Jefe de Transportes o Servicios Generales, nombramiento que al efecto acreditará la unidad organizativa a la que pertenezca. Debe presentarla en papel institucional con el sello del departamento correspondiente, donde conste la matrícula, así como el nombre y número de identificación de la persona autorizada a realizar el trámite. Cuando le aplique alguna exoneración por ley, deberá considerar lo definido en los artículos 17 ó 18 según sea el caso.
- En caso de vehículos automotores a nombre de misiones, embajadas, organismos internacionales y de vocación internacional, así como el cuerpo diplomático y los funcionarios internacionales, deberán realizar la solicitud en papel de la entidad, sellado y firmado por el representante debidamente acreditado, adjuntando además la certificación original de personería jurídica del solicitante, cuando así corresponda, y esta no conste en las bases de datos del RN.
- Haber satisfecho los derechos y demás requisitos fiscales. En caso de que los vehículos automotores cuenten con exención de tributos de importación, es necesaria la presentación del formulario EXI-011 "Solicitud de permiso de salida de vehículos exentos", autorizado por el Ministerio de Hacienda, cuando no conste el documento con firma digital en la DSE.
- Tratándose de vehículos automotores propiedad de pensionados rentistas, aportar certificación original del ICT en la que se indique que dicho pensionado se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones que le exige su condición migratoria.
- Cuando el vehículo automotor pertenezca a varios copropietarios registrales, la solicitud debe ser rubricada por cada uno de ellos, o por un apoderado con facultades suficientes.
- En caso de existir una anotación de traspaso que aún no ha sido calificada, el titular registral es el legitimado para efectuar el trámite; caso contrario, cuando el documento está calificado defectuoso y aún no ha entrado en caducidad, la persona adquirente es quien debe realizarlo.
- Para el caso de vehículos automotores con matrícula de carga liviana, que se dedican al transporte internacional de mercaderías y que requieran la salida por el mismo período de los vehículos de carga pesada, debe aportar la impresión de pantalla del sistema TICA donde conste que se encuentra activo como Transportista Internacional.
- Cuando la solicitud la realice el fiduciario, comodatario o arrendatario, aportar certificación notarial del contrato, en lo conducente, dando fe de las partes, matrícula, vigencia y facultades para trasladar el vehículo automotor fuera del país.
- Cuando el vehículo automotor esté inscrito a nombre de una persona fallecida, el albacea inscrito ante el RN, será quien realice el trámite.
- Cuando el vehículo automotor se encuentra inscrito a nombre de un menor de quince años, realizará el trámite quien ostente la representación legal de éste.
- Cuando el vehículo automotor se encuentra inscrito a nombre de una persona con declaratoria de salvaguardia, realizará el trámite quien ostente la representación legal de éste, debidamente inscrita.
Tiempo de entrega: De forma inmediata, si aporta todos los requisitos necesarios.
Derechos y timbres:
Certificación:
¢9382,50 Registro Nacional Acuerdo J.464-2022, sesión 32-2022, del 14 de noviembre del 2022. ¢12,50 fiscales. Código Fiscal, Art 273, inciso 21.
¢5,00 Archivo Nacional. Ley 43 Art 6.
Y pegar los timbres de la autenticación del notario: ¢275,00 de Colegio de Abogados, por cada firma, en caso de que la solicitud venga autenticada.
Vigencia:
Para el caso de vehículos automotores particulares, la vigencia es hasta de un mes a partir de su expedición. Para vehículos de transporte público, remolques, semirremolques, vehículos de carga pesada, de turismo y de carga liviana inscrita como transportista de carga internacional, así como para vehículos automotores a nombre de misiones, embajadas, organismos internacionales y de vocación internacional, los del cuerpo diplomático, los de funcionarios internacionales y los pertenecientes a instituciones del Estado, la vigencia es hasta de cuatro meses, a partir de su expedición.
Servicio de consulta de la certificación de salida del país.
En el módulo de consulta del Registro de Bienes Muebles usted podrá realizar la verificación de autenticidad de la certificación de salida del país de un automotor, para ello deberá conocer el número de consecutivo de la certificación, no se brinda por número de placa. La consulta en pantalla le indicará el número de matrícula, la sede donde fue emitida la certificación, el nombre del certificador, la fecha y hora de emisión, la fecha de vencimiento y el destino.