El documento de Guía de Remisión es el más utilizado por el Sector TAC en Perú, tanto para los desplazamientos domésticos, como para el movimiento de la carga en importación que se nacionaliza en los puertos y de exportación que llega a los terminales portuarios o a los almacenes extraportuarios de El Callao.
A partir de enero de 2024 la guía de remisión será electrónica (GR-e) y obligatoria, al igual que la factura electrónica que es obligatoria desde enero 2023.
La GR-e distingue dos tipologías principales, en función de quien sea el agente emisor:
- Remitente: a cargo del generador o propietario de la carga. Esta modalidad aplica cuando el motivo del transporte es un traslado interno dentro de la misma empresa.
- Transportista: la emite el transportista contratado, quien deber referenciar la GR-2 del Remitente y adiciona los datos del vehículo y si está previsto realizar transbordo. Esta modalidad también aplica a las mercancías de importación nacionalizadas o exportación a través de depósitos temporales.
La GR-e sustituye la dirección escrita por el código del establecimiento de partida y llegada, y detalla los bienes a transportar, y el número de precinto si se trata de una operación de comercio exterior. El nuevo formulario electrónico está preparado para ser extensivo a cualquier modalidad de transporte de carga, incluyendo taxis y motos.